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Novedades - Tope sobre las remuneraciones para el pago de cargas sociales diciembre/2024

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Por Resolución (ANSES) 1122/2024, publicada en el B.O. 25/11/2024, se modificó el tope en las remuneraciones sujetas a aportes a la seguridad social (Jubilación, Ley 19.032, Ley 23.660 –Obras Sociales –).

 

A partir del período devengado DICIEMBRE DEL 2024, las bases imponibles mínima y máxima quedan establecidas en la suma de PESOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($ 87.432,81) y PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS VEINTICINCO CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 2.841.525,42) respectivamente.

 

Asimismo, se establecen los haberes mínimo garantizado y máximo, vigentes a partir del 1º de diciembre del 2024, en $ 259.598,76 y $ 1.746.853,91, respectivamente.

Para los empleadores que tengan trabajadores bajo el régimen de trabajo agrario, cuya remuneración sea inferior a la base mínima imponible informada en el 2º párrafo multiplicada por dos, es decir PESOS CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($ 174.865,62), se utilizará esta base de cálculo para los aportes y contribuciones con destino a la obra social OSPRERA a partir del mes de DICIEMBRE DEL 2024.

 

Las modificaciones introducidas comenzarán a regir para los aportes que corresponden a los sueldos devengados en diciembre del 2024 es decir, los cuales se depositan con las cargas sociales a principios del mes de enero del 2025.

 

Con relación a las contribuciones a la seguridad social de los empleadores, se mantienen sin límite máximo.

 

Quedando a su disposición para cualquier consulta sobre este tema, lo saluda atentamente.

 

 

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