Novedades - Decreto 409/26 y RG 5862/2026 - Régimen de Promoción del Empleo Registrado
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Estimados Clientes:
Les informamos sobre las novedades introducidas por el Decreto N° 409/2026 y su correspondiente reglamentación operativa dictada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mediante la Resolución General N° 5862/2026.
Estas normas instrumentan el nuevo marco de regularización del empleo y blanqueo, brindando importantes beneficios fiscales, condonación de deudas de la seguridad social y la extinción de sanciones para las empresas que regularicen sus relaciones laborales.
A continuación, detallamos los puntos y condiciones que consideramos más relevantes:
1. Alcance, Plazos y Ventana Temporal
El régimen promueve la regularización tanto de relaciones laborales no registradas como aquellas que posean deficiencias de registro (fechas de ingreso posteriores a las reales o salarios subdeclarados). A saber:
Relaciones laborales alcanzadas: Contratos vigentes que se hayan iniciado originalmente hasta el 5 de marzo de 2026 inclusive.
Obligaciones a regularizar: Comprende deudas y cargas devengadas hasta el período de octubre de 2026 inclusive.
Fecha límite de adhesión: Hay tiempo para ingresar al régimen hasta el 28 de noviembre de 2026, inclusive.
Inspecciones en curso: Se aclaró explícitamente que se pueden incluir deudas provenientes de relaciones laborales constatadas mediante actas de inspección notificadas, aun cuando se encuentren en discusión administrativa o judicial.
Exclusiones: Quedan excluidos de esta regularización las relaciones laborales del sector público (Nacional, Provincial, CABA y Municipalidades) y sujetos que se hubieran adherido al Régimen de Promoción del Empleo Registrado previsto por la Ley Bases.
2. Principales Beneficios y Condonación de Deuda
La adhesión al régimen produce la liberación de las siguientes contingencias respecto de las relaciones laborales regularizadas:
Baja del REPSAL: Se procederá a la baja automática del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales por aquellas infracciones cometidas o constatadas hasta el 6 de marzo de 2026.
Extinción de la acción penal: Cierre de causas penales y liberación de sanciones administrativas derivadas de la falta de aportes y contribuciones.
Condonación TOTAL (100%): Se exime por completo la deuda correspondiente a la Obra Social (Sistema Nacional del Seguro de Salud), las cuotas de la ART (Riesgos del Trabajo) y el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.
Excluido: Queda excluido de la condonación aquellas deudas de la seguridad social originadas en la omisión de alícuotas adicionales previstas en regímenes previsionales diferenciales o especiales.
Condonación Parcial (Capital e Intereses): Se aplica sobre los subsistemas de la seguridad social (SIPA/Jubilación, INSSJP/PAMI, Asignaciones Familiares y Fondo Nacional de Empleo). La quita se define según el tamaño de la empresa:
3. Opciones de Financiamiento del Saldo Remanente (No Condonado)
Para consolidar el beneficio del blanqueo, la empresa deberá cancelar la porción de deuda no condonada a través del sistema "Mis Facilidades" bajo dos metodologías:
Opción A - Pago al contado: Se aplicará una reducción extra del 50% sobre la deuda remanente de capital e intereses.
Opción B - Plan de Facilidades de Pago (Tasa fija del 1% mensual): Si se opta por financiar, el interés de financiación es estructurado según las siguientes cuotas máximas:
Tipo de Contribuyente | Cuotas Máximas | Pago a Cuenta Requerido | Monto Mínimo de Cuota |
Micro y Pequeñas / Sin Fines de Lucro | 72 cuotas | 3% | $50.000 |
Medianas Empresas (Tramo 1 y 2) | 48 cuotas | 4% | $50.000 |
Demás Empleadores | 36 cuotas | 5% | $50.000 |
Alerta de Caducidad: El plan caerá automáticamente si se acumula la falta de pago de 2 cuotas consecutivas o alternadas (a los 60 días del vencimiento de la segunda) o por falta de pago de la última cuota.
En caso de detección de errores, los empleadores podrán solicitar hasta el 20 de noviembre de 2026, inclusive, la anulación de la adhesión al plan de facilidades de pago mediante el servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales”, en cuyo caso deberán seleccionar el trámite “Planes de Pago Anulaciones, cancelaciones anticipadas totales y otras” y fundamentar la respectiva solicitud a fin de efectuar un nuevo acogimiento.
4. ¿Cómo se procesa el trámite operativo en ARCA?
La RG 5862 establece los mecanismos formales según la anomalía a subsanar:
Empleo no registrado o Fecha de ingreso falsa: Se debe dar de alta al trabajador o rectificar la fecha real a través de "Simplificación Registral" según las modalidades de contratación que se indican en el cuadro. Luego, presentar las declaraciones juradas (F. 931) originales o rectificativas.
CÓDIGO | MODALIDAD DE CONTRATACIÓN |
704 | Regularización personal no registrado. Art. 169 - Ley 27.802. Micro y Pequeñas Empresas. Entidades sin fines de lucro. |
705 | Regularización personal no registrado. Art. 169 - Ley 27.802. Medianas Empresas Tramo 1 y 2. |
706 | Regularización personal no registrado. Art. 169 - Ley 27.802. Demás empleadores. |
Salario subdeclarado (Monto menor en recibo): Se deberá informar la diferencia salarial real en el servicio "Declaración en Línea" utilizando el campo específico "Rectificativa remuneración" o incorporando en la liquidación el concepto "181000 – Rectificativa por remuneración Ley 27.802".
A los fines dispuestos, el sistema “Declaración en Línea”, incorporará las novedades y efectuará en forma automática el cálculo del porcentaje de condonación de la deuda según se trate de Micro y Pequeñas Empresas y entidades sin fines de lucro, Medianas Empresas o demás empleadores.
5. Impacto y Derechos de los Trabajadores Regularizados
Este procedimiento no perjudica los derechos previsionales del empleado. El período regularizado se computará a su favor como:
Tiempo de servicio efectivo para acreditar los años requeridos para la Prestación Básica Universal (PBU).
Cumplimiento de la condición de aportante para Retiro por Invalidez o Pensión por Fallecimiento.
Cómputo para el acceso a las prestaciones por desempleo.
Para los meses regularizados, se tomará como base de cálculo el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) vigente al momento de la adhesión (salvo que la remuneración declarada previamente en una registración deficiente hubiese sido mayor).
6. Guías ARCA
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero publicó las guías 57 y 58 del Libro de Sueldos Digital (LSD), en donde explican cómo instrumentar la regularización de relaciones laborales directamente desde el sistema. Los mismos se encuentran en la página web de ARCA.
Atentamente, sector sueldos.
