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Novedades - Tope sobre las remuneraciones para el pago de cargas sociales junio/2026

  • hace 21 horas
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Por Resolución (ANSES) 139/2026, publicada en el B.O. 29/05/2026, se modificó el tope en las remuneraciones sujetas a aportes a la seguridad social (Jubilación, Ley 19.032, Ley 23.660 –Obras Sociales –).

 

A partir del período devengado JUNIO DEL 2026, las bases imponibles mínima y máxima quedan establecidas en la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE CON CUARENTA CENTAVOS ($135.837,40) y PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($4.414.652,38) respectivamente.

 

Asimismo, se establecen los haberes mínimo garantizado y máximo, vigentes a partir del 1º de junio del 2026, en $403.317,99 y $2.713.948,17, respectivamente.

Para los empleadores que tengan trabajadores bajo el régimen de trabajo agrario, cuya remuneración sea inferior a la base mínima imponible informada en el 2º párrafo multiplicada por dos, es decir PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON OCHENTA CENTAVOS ($271.674,80), se utilizará esta base de cálculo para los aportes y contribuciones con destino a la obra social OSPRERA a partir del mes de JUNIO DEL 2026.

 

Las modificaciones introducidas comenzarán a regir para los aportes que corresponden a los sueldos devengados en junio del 2026 es decir, los cuales se depositan con las cargas sociales a principios del mes de julio del 2026.

 

Con relación a las contribuciones a la seguridad social de los empleadores, se mantienen sin límite máximo.

 

Quedando a su disposición el sector sueldos para cualquier consulta sobre este tema, lo saluda atentamente.

 
 
 

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