Novedades - Tope sobre las remuneraciones para el pago de cargas sociales diciembre/2025
- rpalmafuentes
- hace 1 día
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Por Resolución (ANSES) 359/2025, publicada en el B.O. 27/11/2025, se modificó el tope en las remuneraciones sujetas a aportes a la seguridad social (Jubilación, Ley 19.032, Ley 23.660 –Obras Sociales –).
A partir del período devengado DICIEMBRE DEL 2025, las bases imponibles mínima y máxima quedan establecidas en la suma de PESOS CIENTO CATORCE MIL OCHOCIENTOS OCHO CON DIECISIETE CENTAVOS ($ 114.808,17) y PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS DOCE CON UN CENTAVO ($ 3.731.212,01) respectivamente.
Asimismo, se establecen los haberes mínimo garantizado y máximo, vigentes a partir del 1º de diciembre del 2025, en $ 340.879,59 y $ 2.293.796,92, respectivamente.
Para los empleadores que tengan trabajadores bajo el régimen de trabajo agrario, cuya remuneración sea inferior a la base mínima imponible informada en el 2º párrafo multiplicada por dos, es decir PESOS DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ($229.616,34), se utilizará esta base de cálculo para los aportes y contribuciones con destino a la obra social OSPRERA a partir del mes de DICIEMBRE DEL 2025.
Las modificaciones introducidas comenzarán a regir para los aportes que corresponden a los sueldos devengados en diciembre del 2025 es decir, los cuales se depositan con las cargas sociales a principios del mes de enero del 2026.
Con relación a las contribuciones a la seguridad social de los empleadores, se mantienen sin límite máximo.
Quedando a su disposición el sector de Sueldos para cualquier consulta sobre este tema, lo saluda atentamente.

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