Novedades - Resolución 5912/2026: Implementación del recibo asistido para el Personal de Casas Particulares
Estimado Cliente:
Nos dirigimos a ustedes con el propósito de informarles que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a través de la Resolución General 5912/2026, publicada en el B. O. el 14/10/2026, implementó, con el objetivo de profundizar la simplificación digital, el “Recibo Asistido”, una nueva herramienta que asiste de manera simplificada al empleador calculando de forma automática determinados conceptos de la liquidación de haberes, basándose en los datos preexistentes del organismo y las novedades informadas.
A continuación, detallamos los puntos y condiciones que consideramos más relevantes:
Automatización de las Liquidaciones: El sistema de ARCA calculará automáticamente los rubros aplicables a cada relación laboral. El empleador podrá visualizar la composición del sueldo antes de generar el documento electrónico.
Mecanismo de Aceptación o Rechazo: Al generar el recibo, el sistema exhibirá los montos sugeridos. El empleador tiene la facultad de aceptar o rechazar el importe. Si lo rechaza, el campo se volverá editable para colocar la cifra correcta.
Responsabilidad del Empleador: La resolución aclara expresamente que el cálculo automático provisto por la plataforma no libera al empleador de su obligación legal de rectificar errores ni de declarar la totalidad de los conceptos que integran el sueldo del trabajador.
Autenticidad sin Firma Física: El acceso al servicio web se realiza obligatoriamente mediante Clave Fiscal (Nivel de Seguridad 2 o superior). Esta validación de identidad digital opera como el requisito suficiente de autenticidad del recibo, eliminando la exigencia de firmas electrónicas adicionales o soportes físicos (salvo excepciones de pago en efectivo).
Sección de "Adicionales y Descuentos": Se habilita un menú desplegable con nuevos conceptos predefinidos para agilizar la adición de novedades o descuentos específicos al recibo de sueldo electrónico.
Formalidades de Entrega: Cuando el sueldo se abone en efectivo o si el empleado lo requiere, el recibo electrónico se deberá continuar imprimiendo por duplicado (el original para el trabajador y el duplicado firmado por este para resguardo del empleador).
Transparencia para el Trabajador: El personal doméstico dispondrá de acceso a su propio panel para visualizar de forma directa sus recibos de sueldo confeccionados mediante el micrositio "Casas particulares – Detalle del Trabajo – Recibos de sueldos”, constancias de pago de aportes mediante el micrositio "Casas particulares – Ver aportes – Constancia de Pago”, y el estado de su cuenta corriente, calcular intereses adeudados e imprimir volantes de pago para la cancelación de intereses mediante el sistema "Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos".
Dicha resolución se encuentra en vigencia desde el 15 de octubre de 2026 (el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial).
Cualquier consulta a su disposición el sector sueldos.


Comentarios