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IMPUESTO A LAS GANANCIAS, SOBRE LOS BIENES PERSONALES E IMPUESTO PAIS. RÉGIMEN DE PERCEPCIÓN:

INCREMENTO DE ALÍCUOTAS


RESOLUCION GENERAL 5430

Se establece que todas las operaciones que están alcanzadas por el Impuesto PAÍS, quedan sujetas a percepciones del 45 y del 25% a cuenta de los impuestos a las Ganancias o sobre los Bienes Personales, por las operaciones realizadas a partir del día 10 de octubre de 2023.

La percepción a la tasa del 45% tendrá el siguiente tratamiento:


  1. Sujetos adheridos al régimen simplificado para pequeños contribuyentes (RS) y que no resulten responsables del impuesto a las ganancias: impuesto sobre los bienes personales

  2. Los demás sujetos: impuesto a las ganancias

En tanto que, las percepciones practicadas a una tasa del 25% tendrán el siguiente tratamiento:

  1. Personas humanas y sucesiones indivisas: impuesto sobre bienes personales

  2. Demás sujetos: impuesto a las ganancias

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