Estimados, clientes,
Se informa que por disposición de la Resolución del Ministerio de Salud (UGA) 1/2025, publicada en el Boletín Oficial el 31/01/2025, los aportes y contribuciones de los trabajadores bajo relación de dependencia, del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico, y las cotizaciones de los beneficiarios adheridos al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes se derivarán directamente a la entidad médica contratada por los beneficiarios.
Los trabajadores deberán verificar su situación en el sitio www.sssalud.gob.ar y en caso que el sistema lo requiera, definir su voluntad de permanecer en su Obra Social de origen. Para esto, se habilita el Trámite a Distancia TAD denominado “Voluntad de Permanencia en Obra Social”, por un plazo de SESENTA (60) días corridos a partir de su publicación en el B. O. En caso de mantenerse en la Entidad de Medicina Prepaga, no deberán realizar ninguna acción.
Los beneficiarios que deriven aportes y contribuciones a las entidades contratadas mantendrán sus derechos con éstas sin modificaciones que pudieran perjudicar la relación contractual o el acceso a las prestaciones médicas.
Se establece que estas derivaciones solo pueden recibirlas entidades debidamente inscriptas en el Registro Nacional de Agentes del Seguro (R.N.A.S.).
Quedamos a su disposición por cualquier consulta sobre el tema.
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