Estimados clientes,
A través de la Resolución (STyE Bs. As. cdad.) 803/2024, publicada el 28/10/2024, se estableció que el trámite de solicitud para cumplir con la rúbrica de la documentación laboral en el caso de los empleadores que cuentan con 9 trabajadores o menos y todas las PYMES, se deberá efectuar con carácter obligatorio por la modalidad digital a través de la plataforma Tramitación a Distancia (TAD).
El plazo límite para adecuarse al sistema es el día 1° de enero de 2025, aplicable al libro correspondiente al período diciembre de 2024.
Además, se delega en la Dirección General Relaciones del Trabajo, o en el organismo que en el futuro la reemplace, el dictado de las normas reglamentarias que resulten necesarias para la correspondiente instrumentación de la presente.
Para ampliar esta información, adjuntamos la resolución y el anexo de la norma ya que es su respectivo instructivo.
Cualquier consulta a su disposición
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