Estimados clientes,
Les informamos que a través del Decreto 1137/2025 y Resolución General 5632, publicadas en el B.O. 30/12/2024 y 13/01/2025, se prorrogó hasta el 31/12/2025 la posibilidad que tienen las microempresas de optar por calcular hasta un 30% del tributo sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales; mientras que el 70% restante puede ser contabilizado como pago a cuenta de ganancias.
Recordamos que esta opción fue implementada mediante el decreto 394/2023 y que era de aplicación para las remuneraciones que se devenguen entre el 1° de agosto de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2024, ambas fechas inclusive.
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